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certificación energética

Desde el 1 de juni​o de 2013 los edificios, viviendas o locales que se pongan a la venta o alquiler deberán disponer de un certificado de eficiencia energética. Este certificado deberá mostrarse al potencial comprador o arrendatario y deberá entregarse al que efectúe la compra o el alquiler en el momento de firmar el contrato de alquiler o compraventa.

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Así lo establece el Real Decreto 235/2013, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación energética de los edificios, que se publicó en el BOE el día 13 de abril y entró en vigor el día 14, con lo cual ya existe un procedimiento reglado para empezar a certificar el parque de edificios existentes que estén en venta o en alquiler, con el fin de que sus propietarios, que son los obligados por el texto legal a encargar la certificación, puedan cumplir con la obligación el día 1 de junio.

 

​La obtención del certificado de eficiencia energética otorgará el derecho de utilización, durante el periodo de validez del mismo (un máximo de diez años) de la etiqueta de eficiencia energética, cuyo contenido, grafismo y características se establecen en un documento reconocido del Ministerio. La etiqueta debe incluirse en cualquier oferta, promoción y publicidad dirigida a la venta o arrendamiento del edificio, vivienda o local y debe figurar en ella si se refiere al certificado del proyecto o del edificio terminado o existente.

 

Desde arQj ofrecemos la expedición de Certificados de Eficiencia Energética, estando registrados oficialmente como técnicos certificadores de eficiencia energética en edificios de la Comunidad Valenciana en el Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), entidad de derecho público de la Generalitat Valenciana adscrita a la Consellería de Economía, Industria, Turismo y Empleo.

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